El marco legal: Convenio de doble imposición de 1966

España y Suiza firmaron el Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio el 26 de abril de 1966, ratificado por el BOE el 26 de enero de 1967 e instrumentado posteriormente. Este texto fue modificado por el Protocolo de 27 de julio de 2011, firmado en Madrid, que incorpora cláusulas de intercambio de información tributaria entre ambos países (relevante desde la reforma OCDE-BEPS).

El convenio determina qué Estado tiene el derecho a gravar cada tipo de renta y patrimonio. Para un hispano que vive en Suiza, la regla maestra es la residencia fiscal: si tu centro de vida está en Suiza más de 183 días al año, eres residente fiscal suizo. Eso significa que tu renta mundial tributa principalmente en Suiza. Pero hay excepciones por tipo de renta que conviene conocer antes del 30 de junio.

La regla de los 183 días: el test maestro

Eres residente fiscal en España si en el año natural se cumple cualquiera de estas tres condiciones (LIRPF art. 9):

Si vives y trabajas en Suiza con Anmeldung y permiso B/L/C, normalmente NO eres residente fiscal en España. Pero ten en cuenta dos trampas frecuentes: (1) si pasas más de 6 meses en España aunque sigas con permiso suizo, te puedes encontrar gravado en ambos lados; (2) si tu familia se queda en España mientras tú vienes solo a Suiza, Hacienda puede defender que tu residencia fiscal sigue en España. La solución: certificado de residencia fiscal suizo (Wohnsitzbescheinigung) emitido por tu administración cantonal de impuestos, válido para acreditarlo ante la Agencia Tributaria.

Las cinco rentas que más generan dudas

1. Salario por trabajo dependiente en Suiza

Si vives y trabajas en Suiza con permiso, tu salario tributa solo en Suiza. España no tiene derecho a gravarlo. La regla cambia para los frontaliers: el trabajador que reside en Francia/Italia/Alemania/Liechtenstein y trabaja en Suiza tributa en ambos lados con mecanismos específicos. Para hispanos residentes en Suiza, sin embargo, el sueldo no entra en la renta española.

2. Pensión AVS (1er pilar) y LPP (2º pilar)

Aquí está la trampa fiscal más típica. El art. 18 del Convenio establece que «las pensiones y remuneraciones similares pagadas en consideración a un empleo anterior a un residente de un Estado contratante, sólo pueden someterse a imposición en este Estado». Es decir: si te jubilas y regresas a España, tu pensión AVS suiza tributa en España como rendimiento del trabajo. Si te quedas en Suiza al jubilarte, tributa solo en Suiza. Las aportaciones al tercer pilar 3a tienen tratamiento similar al LPP (cobro de capital al regresar a España, con reducciones por antigüedad de aportaciones pre-2007).

3. Rentas de inmuebles en España

Si mantienes una vivienda en España (alquilada o desocupada) siendo residente en Suiza, tributas en España como «No Residente» mediante el Modelo 210. La cuota habitual: 19% (UE/EEE) o 24% (terceros países) sobre el rendimiento bruto menos gastos deducibles. Para residentes en Suiza el tipo es del 24% sin deducir gastos, lo que lo convierte en uno de los más altos. Por eso muchos hispanos optan por vender o reestructurar antes de mudarse.

4. Rentas de cuenta bancaria suiza

Los intereses de tu cuenta en Suiza tributan en Suiza (donde apenas existe imposición sobre intereses minoristas). España no los grava porque NO eres residente fiscal allí. Pero ojo: si en algún momento has sido residente fiscal en España con saldo suizo superior a 50.000 euros, tienes obligación declarativa retroactiva con el Modelo 720 (bienes en el extranjero), una declaración informativa con sanciones desproporcionadas que el Tribunal de Justicia de la UE consideró contrarias al derecho de la Unión en 2022, pero que sigue vigente en versión reducida.

5. Pensión española (Seguridad Social) cobrada en Suiza

Caso típico de hispanoamericano o español que se traslada a Suiza al jubilarse. La pensión pública española tributa en España con retención en origen, según el art. 18 del Convenio. En Suiza solo se declara para efectos de progresividad (cálculo del tipo aplicable a otras rentas suizas), no se vuelve a gravar.

El error que más cuesta: no pedir el certificado

Más del 80% de problemas fiscales transfronterizos que afectan a hispanos en Suiza nacen de NO disponer del certificado de residencia fiscal. Es un documento que emite tu cantón suizo (típicamente el Steueramt o Service cantonal des contributions) y que te identifica como residente fiscal suizo a efectos del Convenio. Sin él, Hacienda puede tratarte como residente fiscal español por descarte.

«Un certificado de residencia fiscal suizo cuesta menos de 50 CHF y se tramita en 2-3 semanas. Pero ahorra discusiones de miles de euros con la Agencia Tributaria. Si tienes cualquier vínculo económico o familiar en España, pídelo el año en que te mudaste y los años siguientes.»— Asesoría fiscal especializada en convenios España-Suiza

Modelo 720, Modelo 721 y Modelo 210: cuál te toca

Los tres modelos más relevantes para hispanos con vínculos España-Suiza:

Calendario clave hasta el 30 de junio

Si estás en territorio mixto (vives en Suiza pero algo te toca declarar en España), las fechas:

Si no estás seguro de tu situación —especialmente en años de mudanza— una consulta breve con un asesor especializado en convenios de doble imposición vale lo que ahorra. La calculadora de impuestos en Suiza de SeE te da el lado suizo de la ecuación. El lado español es donde más dudas crea, y donde más fácilmente se acumulan multas evitables.